Real Decreto 842/2002 · BOE-A-2002-18099

El REBT por dentro

Un reglamento marco de 29 artículos y 52 instrucciones técnicas complementarias (ITC) que lo desarrollan.

Fuente de los datos: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Texto consolidado de carácter meramente informativo, actualizado a 18 de diciembre de 2025. Para efectos jurídicos consulta la publicación oficial en el BOE.

Disposición final tercera

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

El Reglamento electrotécnico para baja tensión, adjunto al presente Real Decreto, entrará en vigor, con carácter obligatorio, para todas las instalaciones contempladas en su ámbito de aplicación, al año de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». No obstante, podrá aplicarse, voluntariamente, desde la fecha de dicha publicación.